Preguntas Frecuentes

FAQ

Preguntas frecuentes

Sabemos que si llegaste aquí es porque tienes muchas dudas. A continuación te dejamos las preguntas más frecuentes que se hacen nuestros clientes.

El servicio consiste en una asesoría legal que se enfoca en defender los derechos de las personas cuando se ven enfrentados a problemas de índole legal en que requieran de asesoramiento profesional.
Tenemos un equipo de profesionales con alta disponiblidad en la ayuda que necesitan nuestros clientes para solucionar sus problemas legales de manera rápida y efectiva.
No podemos garantizar un 100% de probabilidad de éxito. Pero si podemos hacer todas las gestiones necesarias para obtener el mejor resultado posible dadas las circunstancias de cada caso. En general manejamos una tasa de éxito por sobre al 90%
Una vez agendada su asesoría, a través de nuestros canales de contacto. Un abogado especialista tendrá una entrevista en donde recabará todos los datos necesarios para poder hacer una evaluación de sus casos y proponer una estrategia que permita abordar su situación. Sí estas de acuerdo, puede contratar nuestros servicios en el momento y nosotros empezar de inmediato a trabajar en su caso.
El contrato individual de trabajo es un acuerdo entre el trabajador y el empleador, por el cual el primero se compromete a prestar servicios personales bajo subordinación y dependencia de un empleador, quien se compromete a pagar una remuneración por los servicios prestados.
El despido será injustificado si es de carácter verbal, abusivo o desproporcionado, no cumple con las formalidades que establece la normativa laboral o se basa en hechos falsos.
Si te llegó carta de tu Isapre informando el aumento del plan, comunícate con nosotros, te podemos ayudar.

El aumento unilateral del plan constituye una afectación al derecho de la propiedad consagrado en el artículo 19 Nº24 de la Constitución.

Nuestro trabajo es interponer y tramitar una acción de protección en tu favor, para que evitemos de inmediato el aumento de tu plan.
Es aquella acción que la Constitución concede a todas las personas que como consecuencia de actos u omisiones arbitrarias o ilegales, sufren privación, perturbación o amenaza a sus derechos y garantías constitucionales.

Esta acción constitucional, tiene por objeto determinar si existe un acto ilegal y arbitrario cometido por la ISAPRE al subir unilateralmente el plan de salud.
Lo primero es que nos relates tu problema, lo puedes hacer llenando nuestros canales de contacto.
Nosotros fijamos nuestros honorarios dependiendo del tiempo que demore la gestión y los costos asociados a ella. Tenemos un compromiso con mantener un servicio jurídico de alta calidad, eficiencia y de precio accesible a nuestros clientes.
Nuestra legislación contempla tres formas de divorcio:

Divorcio de mutuo acuerdo por cese de convivencia. Ambos cónyuges de común acuerdo pueden solicitar el divorcio. En estos casos, es necesario acreditar el cese de la convivencia de al menos 1 año desde que cesó la vida en común.

Divorcio unilateral por cese de convivencia. En este caso, uno de los cónyuges puede solicitar el divorcio, acreditando el cese de la convivencia superior a 3 años.

Divorcio por culpa. Se puede pedir cuando exista una falta grave y calificada por parte del otro cónyuge, de tal forma que haga intolerable la vida en común.
Para cobrar la pensión de alimentos debe concurrir al tribunal solicitando que se pague la deuda una vez que se determine el monto.
En el caso que sea necesario se pueden adoptar alguna de las siguientes medidas:
1.- Apremios personales en contra del deudor, los cuales pueden ser arresto, arraigo nacional, suspensión de licencia de conducir. Estas medidas se pueden solicitar conjuntamente

2.- Retención de la pensión por parte del empleador del deudor.

3.- Retención de la deuda en la devolución de impuestos, lo que debe pedirse en el mes de marzo de cada año.

4.- Embargo de bienes que estén a nombre del deudor de alimentos por medio de una nueva demanda. En este caso necesita abogado que lo represente.

5.- Siempre que la pensión no sea pagada, está la opción de demandar a los abuelos, padres del deudor Además, en este caso requiere abogado que lo represente.
Lo primero que debe hacer para demandar pensión de alimentos es solicitar un día y hora para mediación. Para ello puede asistir a los tribunales de familia o a la Corporación de Asistencia Judicial y ellos se encargarán de derivarlo a mediación o bien puede recurrir directamente a un centro de mediación licitada o a un centro privado.

Sólo una vez que se haya frustrado la mediación, esto es, que no se haya llegado a acuerdo, ya sea porque no hubo consenso en el monto de la pensión o porque alguna de las partes no asistió a la citación, usted podrá demandar por pensión de alimentos ante los tribunales de justicia con la asesoría de un abogado.

Hay que considerar que a partir del Estado de catástrofe que atraviesa el país hay tribunales que están permitiendo la presentación de demandas sin mediación. Pero es solo por el Estado de excepción constitucional a propósito del Coronavirus (Covid-19).
En primer lugar, para solicitar el cese de la pensión de alimentos se debe requerir un día y una hora para mediación.
Sólo una vez que se haya frustrado la mediación usted podría demandar el cese de la pensión de alimentos ante los tribunales de justicia, con la asesoría de un abogado.

Cabe señalar que el cese de la pensión de alimentos sólo se podrá solicitar cuando concurran causales específicamente descritas por la ley.
La causal más común es respecto de aquel hijo o hermano mayor de 21 o 28 años, dependiendo de si está o no estudiando una profesión u oficio, a quien no afecte ninguna incapacidad física o mental que les impida subsistir por sí mismo.

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